ESTIMADOS (AS ) :
LOS INVITO A VISITAR SITIO DE TURISMO ASTRONOMICO
ATTE
CHRISTIAN GAUTIER VALLETTE
domingo, 18 de abril de 2010
domingo, 4 de abril de 2010
CONVENIO DE VARSOVIA
La Convención de Varsovia es una convención internacional que regula el tráfico aéreo. Se firmó en Varsovia en 1929 y fue modificada en 1955 en La Haya y en 1975 en Montreal. En particular, la Convención de Varsovia:
- ordena a las compañías emitir billetes para los pasajeros,
- requiere que las compañías emitan resguardos de equipaje para el equipaje facturado
- limita la responsabilidad de las compañías por daños personales.
JUNTA DE AERONAUTICA CIVIL
La misión institucional de la JAC (JUNTA DE AERONATICA CIVIL ) consiste en ejercer la dirección superior de la aviación civil en Chile. Esto implica fijar las grandes directrices del quehacer aeronáutico y administrar la política aérea, impulsando políticas de apertura en el tráfico aéreo entre Chile y otros países, y promoviendo el desarrollo del transporte aéreo comercial nacional e internacional a fin de propender a la mayor cantidad de servicios aéreos de la mejor calidad, eficiencia y al menor precio.
Fuente : Sitio Oficial JAC
Fuente : Sitio Oficial JAC
ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
A través del Convenio de Chicago se crea la Organización de Aviación Civil International (OACI)
OBJETIVOS
Los fines y objetivos de la Organización son desarrollar los principios y técnicas de la navegación área internacional y fomentar la organización y el desenvolvimiento del transporte aéreo internacional, para:
a) lograr el desarrollo seguro y ordenado de la aviaci6n civil internacional en todo el mundo:
b) fomentar las técnicas de diseño y manejo de aeronaves para fines pacíficos;
c) estimular el desarrollo de aerovías, aeropuertos e instalaciones y servicios de navegaci6n aérea para la aviaci6n civil internacional:
d) satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo respecto a un transporte aéreo seguro, regular, eficaz y econ6mico;
e) evitar el despilfarro económico producido por una competencia excesiva;
f) asegurar que se respeten plenamente los derechos de los Estados contratantes y que cada Estado contratante tenga oportunidad equitativa de explotar empresas de transporte aéreo internacional;
g) evitar discriminaci6n entre Estados contratantes;
h) promover la seguridad de vuelo en la navegaci6n
i) promover, en general, el desarrollo de la aeronáutica civil internacional en todos sus aspectos
Fuente: CONVENIO SOBBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
OBJETIVOS
Los fines y objetivos de la Organización son desarrollar los principios y técnicas de la navegación área internacional y fomentar la organización y el desenvolvimiento del transporte aéreo internacional, para:
a) lograr el desarrollo seguro y ordenado de la aviaci6n civil internacional en todo el mundo:
b) fomentar las técnicas de diseño y manejo de aeronaves para fines pacíficos;
c) estimular el desarrollo de aerovías, aeropuertos e instalaciones y servicios de navegaci6n aérea para la aviaci6n civil internacional:
d) satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo respecto a un transporte aéreo seguro, regular, eficaz y econ6mico;
e) evitar el despilfarro económico producido por una competencia excesiva;
f) asegurar que se respeten plenamente los derechos de los Estados contratantes y que cada Estado contratante tenga oportunidad equitativa de explotar empresas de transporte aéreo internacional;
g) evitar discriminaci6n entre Estados contratantes;
h) promover la seguridad de vuelo en la navegaci6n
i) promover, en general, el desarrollo de la aeronáutica civil internacional en todos sus aspectos
Fuente: CONVENIO SOBBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
CONVENIO SOBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
Firmado en Chicago, el 7 de diciembre de 1944
Establece ciertos principios y arreglos, a fin de que la aviación civil internacional pueda desarrollarse de manera segura y ordenada y de que los servicios internacionales de transporte aéreo puedan establecerse sobre una base de igualdad de oportunidades y realizarse de modo sano y económico;
A través del Convenio de Chicago se crea la Organización de Aviación Civil International (OACI)
FUENTE : CONVENIO SOBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
miércoles, 31 de marzo de 2010
ORGANIZACION MUNDIAL DEL TURISMO (OMT )
La Organización Mundial del Turismo (OMT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas y representa la principal institución internacional en el campo del turismo. Constituye un foro mundial para debatir cuestiones de política turística y una fuente útil de conocimientos especializados en este campo.
La OMT desempeña un papel central y decisivo en la promoción del desarrollo de un turismo responsable, sostenible y accesible para todos, prestando especial atención a los intereses de los países en desarrollo.
La Organización promueve el cumplimiento del Código Ético Mundial para el Turismo, con miras a garantizar que los países miembros, los destinos turísticos y las empresas maximicen los efectos económicos, sociales y culturales positivos del turismo y maximicen sus beneficios, reduciendo a la vez al mínimo los impactos ambientales y sociales negativos.
Entre sus miembros figuran 161 países y territorios y más de 390 Miembros Afiliados que representan al sector privado, a instituciones de enseñanza, a asociaciones de turismo y a autoridades turísticas locales.
Los Representantes Regionales (de África, las Américas, Asia Oriental y el Pacífico, Europa, Oriente Medio y Asia Meridional), desde la sede en Madrid, emprenden actuaciones directas que refuerzan y complementan los esfuerzos de las administraciones nacionales de turismo.
La OMT está comprometida con los objetivos de Desarrollo de las Naciones Unidas para el milenio cuyo fin es reducir la pobreza y fomentar el desarrollo sostenible.
La Organización promueve el cumplimiento del Código Ético Mundial para el Turismo, con miras a garantizar que los países miembros, los destinos turísticos y las empresas maximicen los efectos económicos, sociales y culturales positivos del turismo y maximicen sus beneficios, reduciendo a la vez al mínimo los impactos ambientales y sociales negativos.
Entre sus miembros figuran 161 países y territorios y más de 390 Miembros Afiliados que representan al sector privado, a instituciones de enseñanza, a asociaciones de turismo y a autoridades turísticas locales.
Los Representantes Regionales (de África, las Américas, Asia Oriental y el Pacífico, Europa, Oriente Medio y Asia Meridional), desde la sede en Madrid, emprenden actuaciones directas que refuerzan y complementan los esfuerzos de las administraciones nacionales de turismo.
La OMT está comprometida con los objetivos de Desarrollo de las Naciones Unidas para el milenio cuyo fin es reducir la pobreza y fomentar el desarrollo sostenible.
DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS - TURISMO
Artículo 24.
- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
FUENTE : http://www.un.org/es/documents/udhr/#atop
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